5 meses
La novedad de la invención no se perderá si la información sobre la invención se divulga dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de presentación o la fecha de prioridad si se cumplen las siguientes condiciones:
- Divulgación debido a un aparente mal uso por parte del solicitante o sus propietarios predecesores
- La invención se divulga en una exposición internacional oficial u oficialmente reconocida.
No
- Ruta del Convenio de París: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta del Acuerdo de La Haya: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta de aparición en la UE: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
Examen de forma únicamente. La solicitud de modelo de utilidad se examina para verificar el cumplimiento de los requisitos formales, la uniformidad y la registrabilidad. Si no hay un requisito especial, no se realizará ninguna revisión de novedad. El solicitante puede presentar una solicitud de demora en la concesión dentro de los 2 meses a partir de la fecha de presentación/fecha de prioridad, y la concesión puede retrasarse 15 meses como máximo.
- Tarifa de autorización: el solicitante deberá pagar la tarifa de anuncio de autorización dentro de los 2 meses posteriores a la recepción de la notificación oficial.
- Tarifa anual: la tarifa anual se puede pagar una vez cada 5 años, y la tarifa anual se puede pagar dentro de un período de gracia de 6 meses si la tarifa anual está vencida, y se debe pagar una tarifa de pago atrasado del 20% al mismo tiempo.
3 meses
Sí
5 meses
- Tarifa de autorización: el solicitante deberá pagar la tarifa de anuncio de autorización dentro de los 2 meses posteriores a la recepción de la notificación oficial.
- Cuota anual: La cuota anual se pagará año a año a partir del tercer año (incluida la cuota anual del primer-tercer año).La cuota anual vencida se puede pagar dentro de un período de gracia de 6 meses, y se cobrará un cargo por mora del 20%. pagado al mismo tiempo.
- Tarifa de autorización: el solicitante deberá pagar la tarifa de autorización dentro de los 2 meses posteriores a la recepción del aviso de autorización.
- Tasa anual: La tasa anual del primero al cuarto año está incluida en la tasa de solicitud, después de la autorización, la tasa anual se pagará a partir del quinto año y se pagará una vez cada tres años. Debe pagarse el último día del mes de la fecha de la solicitud.Si la cuota anual está vencida, se puede pagar dentro de un período de carencia de 6 meses, pero se cobrará un cargo por mora de 50,00 euros.