Sí
La ATPO lleva a cabo el examen formal y el examen sustantivo de las patentes de invención. El informe de búsqueda se publicará junto con la solicitud de patente dentro de los 18 meses a partir de la fecha de presentación, y el examen de fondo comenzará automáticamente, y el solicitante no necesita presentar una solicitud por separado para el examen de fondo. Se puede autorizar si se cumplen las condiciones de autorización.
Sí. Antes de la concesión/rechazo de la patente, el tipo de patente puede convertirse de modelo de utilidad a invención a petición del solicitante. Solo se puede convertir una vez.
Se acepta el restablecimiento de la prioridad por motivos de "diligencia debida" e "involuntaria/diligencia debida".
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Posterior a la autorización, se pagará año a año a partir del 6° año desde la fecha de solicitud, debiendo ser pagada dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. No hay recargo por pago atrasado durante los primeros tres meses del período de pago atrasado para el primer cargo anual (es decir, el sexto año).
La ATPO realiza un examen formal solo para las solicitudes de patentes de modelos de utilidad. Aunque la ATPO busca solicitudes de patentes de modelos de utilidad, los resultados de la búsqueda no afectan los resultados de las concesiones. El solicitante puede modificar la solicitud de patente después de recibir el informe de búsqueda.
Sí. Si varios diseños tienen al menos uno de la misma categoría, se puede incluir un máximo de 50 diseños en un diseño.
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: La cuota anual se paga cada 5 años, la cuota anual vencida se puede pagar dentro de un período de gracia de hasta seis meses después de la fecha de vencimiento, y al mismo tiempo se pagará un cargo por mora del 20%. Pague dentro de los primeros 3 meses del período de gracia sin cargos por pagos atrasados.
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Luego de la autorización, se pagará año a año a partir del 4to año desde la fecha de solicitud, y deberá pagarse dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. La primera tarifa anual (es decir, el 4.º año) se puede pagar dentro de los 6 meses posteriores al período de pago atrasado sin pagar la tarifa por pago atrasado. También se puede pagar cada tres años del 4° al 6° año, y del 7° al 10° año.
Sí
La protección inicial es de 5 años, que puede renovarse 4 veces para una protección máxima de 25 años.