Idioma de presentación: Alemán | |
Camino de la Convención de París | vía PCT |
Documentos necesarios:
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Documentos adicionales (si los hay)
| Documentos adicionales (si los hay)
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Oficina de Patentes de Austria
Inglés: Oficina de Patentes de Austria, abreviatura: ATPO
Sitio web: Inicio | Das Österreichische Patentamt
Búsqueda de patentes de modelos de utilidad austriacos: Búsqueda de patentes nacionales (patentamt.at)
- Ruta del Convenio de París: 12 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta PCT: 30 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Vía efectiva europea: plazo de 3 meses desde la fecha de concesión de la patente europea.
Sí
Se acepta el restablecimiento de la prioridad por motivos de "diligencia debida" e "involuntaria/diligencia debida".
La ATPO realiza un examen formal solo para las solicitudes de patentes de modelos de utilidad. Aunque la ATPO busca solicitudes de patentes de modelos de utilidad, los resultados de la búsqueda no afectan los resultados de las concesiones. El solicitante puede modificar la solicitud de patente después de recibir el informe de búsqueda.
No
Sí. Antes de que se conceda/rechace la patente, el tipo de patente puede cambiarse de invención a modelo de utilidad a petición del solicitante. Solo se puede convertir una vez.
Idioma de presentación: Alemán Documentos necesarios:
- Imagen de diseño exterior (seis vistas)
- Una breve descripción
Documentos adicionales (si los hay):
- Poder legal
- documento de prioridad
- Declaración de tenencia/Certificado de empleo/Certificado de asignación de prioridad
- Certificado de Transferencia de Derecho a Aplicar
ATPO solo realiza un examen formal de las solicitudes de patentes de diseño.
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Luego de la autorización, se pagará año a año a partir del 4to año desde la fecha de solicitud, y deberá pagarse dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. La primera tarifa anual (es decir, el 4.º año) se puede pagar dentro de los 6 meses posteriores al período de pago atrasado sin pagar la tarifa por pago atrasado. También se puede pagar cada tres años del 4° al 6° año, y del 7° al 10° año.