No
- Tasa de autorización: el solicitante debe pagar la tasa oficial de autorización, la tasa de anuncio y la primera tasa anual (es decir, la tasa anual del primer al tercer año) dentro de los 3 meses posteriores a la recepción de la notificación de la decisión de autorización.
- Tarifa anual: el solicitante debe pagar la tarifa anual para la siguiente etapa en el sexto año y el octavo año respectivamente. La tarifa anual vencida se puede pagar dentro de un período de gracia de 6 meses. Al mismo tiempo, el 30% de la tarifa anual del año en curso se pagará como un cargo por pago atrasado.
- Ruta del Convenio de París: 12 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta PCT: 30 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Vía efectiva europea: 3 meses desde la fecha de concesión de la patente europea.
- Tasa de autorización: el solicitante debe pagar la tasa de autorización, la tasa de anuncio y la primera tasa anual (es decir, la tasa anual del primer al tercer año) dentro de los 3 meses posteriores a la recepción de la notificación de la decisión de autorización.
- Tarifa anual: pague año por año en el primer año a partir de la fecha de la solicitud. La tarifa anual vencida se puede pagar dentro de un período de gracia de 6 meses. Al mismo tiempo, el 30% de la tarifa anual del año se pagará como tarifa tardía. .
Se dispone de un período de gracia de novedad de 6 meses si la divulgación es causada por un tercero de mala fe.
- Ruta del Convenio de París: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta del Acuerdo de La Haya: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta de aparición en la UE: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta del Convenio de París: 12 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta PCT: 30 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Vía efectiva europea: 3 meses desde la fecha de concesión de la patente europea.
20 años
El PPO solo realiza un examen formal de las solicitudes de patentes de modelos de utilidad, solo examina la novedad y la aplicabilidad industrial, y no examina la actividad inventiva.
No
El restablecimiento de la prioridad se acepta por razones de "debido cuidado".