20 años. Los medicamentos patentados y las nuevas variedades de protección de plantas pueden obtener un período adicional de renovación de 5 años, y los medicamentos para niños pueden obtener un período adicional de protección de patente de medio año.
La ATPO realiza un examen formal solo para las solicitudes de patentes de modelos de utilidad. Aunque la ATPO busca solicitudes de patentes de modelos de utilidad, los resultados de la búsqueda no afectan los resultados de las concesiones. El solicitante puede modificar la solicitud de patente después de recibir el informe de búsqueda.
2 años
La ATPO lleva a cabo el examen formal y el examen sustantivo de las patentes de invención. El informe de búsqueda se publicará junto con la solicitud de patente dentro de los 18 meses a partir de la fecha de presentación, y el examen de fondo comenzará automáticamente, y el solicitante no necesita presentar una solicitud por separado para el examen de fondo. Se puede autorizar si se cumplen las condiciones de autorización.
Se acepta el restablecimiento de la prioridad por motivos de "diligencia debida" e "involuntaria/diligencia debida".
10 años
Sí. Antes de la concesión/rechazo de la patente, el tipo de patente puede convertirse de modelo de utilidad a invención a petición del solicitante. Solo se puede convertir una vez.
Si dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de patente de diseño, debido a la divulgación del diseñador o su anterior titular del derecho, se puede disfrutar del período de gracia de novedad.
- Ruta del Convenio de París: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta de la UE: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta del Acuerdo de La Haya: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Posterior a la autorización, se pagará año a año a partir del 6° año desde la fecha de solicitud, debiendo ser pagada dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. No hay recargo por pago atrasado durante los primeros tres meses del período de pago atrasado para el primer cargo anual (es decir, el sexto año).
1 mes