- Tarifa de autorización: El solicitante deberá pagar la tarifa del registrador de autorización 3 meses después de recibir la notificación de la decisión de autorización.
- Cuota Anual: Ninguna.
Se acepta el restablecimiento del derecho de prioridad por motivos de "involuntario" y está sujeto al pago de la tasa de restablecimiento del derecho de prioridad.
Si la divulgación es causada por el inventor o la fuente de información del divulgador es el inventor; o si la divulgación ocurre nuevamente después de haber sido divulgada por el sujeto mencionado anteriormente, la patente goza de un período de gracia de novedad dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación/ fecha de prioridad.
Si la divulgación es causada por el inventor o la fuente de información del divulgador es el inventor; o si la divulgación ocurre nuevamente después de haber sido divulgada por el sujeto mencionado anteriormente, la patente goza de un período de gracia de novedad dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación/ fecha de prioridad.
Sí
- Tarifa de autorización: El solicitante deberá pagar la tarifa de registro de autorización dentro de los 3 meses posteriores a la recepción de la notificación de la decisión de autorización.
- Cuota anual: Se pagarán tres cuotas anuales en el año 3.5, 7.5 años y 11.5 años a partir de la fecha de autorización, pudiendo aplazarse el pago dentro de los 6 meses siguientes al período vencido, pero el 25% de la cuota anual de la actual año se pagará al mismo tiempo que un recargo por pago atrasado.
No
- Ruta del Convenio de París: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
- Ruta del Acuerdo de La Haya: 6 meses a partir de la primera fecha de prioridad.
15 años
- Tarifa de autorización: El solicitante deberá pagar la tarifa del registrador de autorización 3 meses después de recibir la notificación de la decisión de autorización.
- Cuota Anual: Ninguna.
1-1.5 años