- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Posterior a la autorización, se pagará año a año a partir del 6° año desde la fecha de solicitud, debiendo ser pagada dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. No hay recargo por pago atrasado durante los primeros tres meses del período de pago atrasado para el primer cargo anual (es decir, el sexto año).
Se puede conceder un período de gracia de novedad de 6 meses antes de la fecha de presentación/fecha de prioridad si la invención se divulga como resultado de un aparente uso indebido por parte del solicitante o sus antiguos titulares de derechos, o si la invención se exhibe en un evento oficial u oficialmente reconocido. exhibición.
No
10 años
2 años
20 años. Los medicamentos patentados y las nuevas variedades de protección de plantas pueden obtener un período adicional de renovación de 5 años, y los medicamentos para niños pueden obtener un período adicional de protección de patente de medio año.
Oficina de Patentes de Austria
Inglés: Oficina de Patentes de Austria, abreviatura: ATPO
Sitio web: Inicio | Das Österreichische Patentamt
Búsqueda de patentes austriacas para invenciones: Búsqueda de patentes nacionales (patentamt.at)
La ATPO realiza un examen formal solo para las solicitudes de patentes de modelos de utilidad. Aunque la ATPO busca solicitudes de patentes de modelos de utilidad, los resultados de la búsqueda no afectan los resultados de las concesiones. El solicitante puede modificar la solicitud de patente después de recibir el informe de búsqueda.
Sí
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Luego de la autorización, se pagará año a año a partir del 4to año desde la fecha de solicitud, y deberá pagarse dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. La primera tarifa anual (es decir, el 4.º año) se puede pagar dentro de los 6 meses posteriores al período de pago atrasado sin pagar la tarifa por pago atrasado. También se puede pagar cada tres años del 4° al 6° año, y del 7° al 10° año.
- Tarifa de autorización: ninguna
- Cuota anual: Posterior a la autorización, se pagará año a año a partir del 6° año desde la fecha de solicitud, debiendo ser pagada dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de cada año. Si la cuota anual está vencida, el pago puede posponerse dentro de un período de gracia de 6 meses, pero se requiere un recargo del 20%. No hay recargo por pago atrasado durante los primeros tres meses del período de pago atrasado para el primer cargo anual (es decir, el sexto año).